Información Legal y Normativa - AJUPPOL Asociación Policial

Aviso legal: AJUPPOL es una asociación sin ánimo de lucro. Queda prohíbida toda reproducción de los contenidos de esta página web, sin previa autorización de la Junta Directiva de la asociación.

Nombre de la empresa

AJUPPOL

 

Domicilio social

c/ Jefatura Superior de Policía de las Islas Baleares

 

Datos de contacto

Asociación de Jubilados AJUPPOL

 

Número de identificación de la empresa

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Número de IVA

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Autoridad reguladora

Introduzca su autoridad reguladora

Nuestros estatutos:

La asociación AJUPPOL se crea para defender los derechos de jubilados y pensionistas de la Policía Nacional en Baleares, con estructura y actividades específicas.

Constitución y fines de la asociación

  • La asociación se constituye bajo la Ley Orgánica 1/2002 y carece de ánimo de lucro.
  • Su objetivo principal es la defensa de los derechos del colectivo de jubilados y pensionistas de la Policía Nacional.
  • Realiza actividades como reuniones, charlas, jornadas y viajes para cumplir sus fines.
  • Tiene su domicilio en la calle Simó Ballester, en Palma de Mallorca, y opera principalmente en Baleares y en todo España.

Órganos de gobierno y gestión

  • La Asamblea General es el órgano supremo, integrada por todos los asociados.
  • La Junta Directiva la componen un Presidente, Secretario, Tesorero y Vocales, con mandato de tres años.
  • La Junta se reúne al menos cada seis meses y toma decisiones por mayoría.
  • La gestión incluye dirigir actividades, administrar fondos y ejecutar acuerdos de la Asamblea.

Socios y derechos

  • Pueden ser socios personas mayores de edad con interés en los fines de la asociación.
  • Existen socios fundadores, de número y de honor, con diferentes derechos y obligaciones.
  • Los socios tienen derechos a participar en actividades, votar, ser elegidos y recibir información.
  • Los socios deben cumplir estatutos, pagar cuotas y asistir a las reuniones.

Régimen económico y patrimonio

  • Los recursos provienen de cuotas, subvenciones, legados y otros recursos lícitos.
  • La asociación inicialmente no tiene patrimonio y su ejercicio económico cierra el 31 de diciembre.
  • Los fondos se gestionan mediante cuentas bancarias con firmas conjuntas del Presidente, Tesorero y Secretario.

Disolución y liquidación

  • La disolución requiere acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria.

En caso de disolución, se nombra una comisión liquidadora y el remanente se destina a fines no lucrativos

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